Entrevistamos a Patricia “Pachi” Tabera, presidenta de la Organización de Consumidores y Usuarios de Jujuy (OCUJ) quien nos brindó una mirada jurídica enfocada en el derecho de los usuarios con respecto a este posible desembarco de la aplicación de transporte más polémica.
“En primer lugar tenemos que aclarar que tanto los taxis como el servicio de UBER son transportes de pasajeros, pero hay una gran diferencia, la naturaleza jurídica del contrato” enfatiza Tabera y agrega: “ambos servicios cumplen funciones similares, pero hay que contextualización histórica; el taxi nace como un transporte concesionado por los municipios, un complemento del servicio de transporte público de colectivos, generando así un sistema de transporte semi público y por eso es cada municipio quien concede las licencias y establece los requisitos para formar parte. Ya sean los taxis amarillos, compartidos o radio taxis. En el caso de UBER no se encuentra en este tipo de servicio sino podríamos ubicarlo en el marco del Art. 1280 DE Código Civil y Comercial como “Transporte entre privados”. Esta es la principal diferencia, y nos ubica en un lugar del juego diferente al que estamos escuchando”.
En cuanto al rol del Estado en este servicio entre privados aclara: “Es un rol de regulación mediato, un ejemplo de esto es Mendoza donde se estableció UBER y Cabify, aplicaciones de similares características, pero el estado no tiene potestad de control”. A su vez, Patricia recuerda que es la Justicia como poder del Estado, ya sea nacional como provincial quien deberá decidir en caso de que haya responsabilidad de algún tipo, por ejemplo: la responsabilidad con los usuarios por la prestación del servicio y si se genera un daño o una estafa.
Pero nos preguntamos los jujeños ¿Cómo funciona UBER? Es simple, el postulante a conductor debe registrarse en la aplicación, cumpliendo con todos los requisitos, carnet de conductor auto a su nombre y de modelos medianamente nuevos garantizando así el confort del viaje con seguro total, y la posibilidad de facturación del trabajo realizado. La empresa cobra una comisión de los viajes, que está establecida en el costo del mismo.
En cuanto a los beneficios de contar en la provincia con una aplicación de este tipo, Tabera destaca que siempre que el mercado sea amplio y de oferta diversa el usuario es el principal beneficiado: “ la competitividad siempre es un plus para los usuarios, un mercado no monopolizado genera una mejor puja respecto de precios, recordemos que el precio no puede ser considerado abusivo, pero a su vez existe un monopolio en el caso de las tarifas de taxis y el usuarios siempre está sometido a aceptar estas condiciones del mercado. Cuando un nuevo competidor ingresa, todo empieza a formar parte de una competencia de tipo más leal, ya que no solo está en juego el precio sino el servicio que se brinda, la higiene de los vehículos y su confort, que el usuario pueda contar con servicio en hora pico en toda la provincia, que se puede pagar con débito u otros sistemas de pago electrónico.
Refiriéndose a la fuente de trabajo siendo conductor de UBER, existe una dicotomía: “encontramos críticas y beneficios, UBER tiene como misión es que cada prestador de servicio es su propio jefe con sus propios horario y compatibilizarlo con otro trabajo, cumpliendo con los requisitos básicos que plantea la aplicación, por otro lado todo lo referido a cargas sociales e impuestos van por cuenta del conductor. En general en las ciudades donde está implementado este sistema, viene a cumplir una rol en un marco de grupos que han perdido sus trabajos, o no pueden ingresar al mercado laboral, ya sea por falta de experiencia o son excluidos por su edad, jubilados, siendo en estos caso una posibilidad de trabajo genuino”.
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