Nuevo diferimiento en créditos del Consejo de la Microempresa de Jujuy (con bonificaciones para el sector privado)  

El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción ratifica el diferimiento del vencimiento de las cuotas de octubre, noviembre y diciembre del presente año, correspondiente a todos los créditos de la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa. Además, bonificará un equivalente a un 30% de los intereses correspondientes a las cuotas con vencimientos en el mes de octubre y hasta diciembre de 2020 inclusive.

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La medida fue dispuesta con el propósito de reducir el impacto negativo que provocó en el sector privado la pandemia de coronavirus. Tal es así que dicho organismo resolvió autorizar el diferimiento del vencimiento de las cuotas de junio, julio, agosto y septiembre, y correlativamente los vencimientos posteriores, correspondiente a todos los créditos de la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa, que hayan sido otorgados a emprendedores del sector turístico y gastronómico, incluyendo capital, intereses, mora, y todo otro gasto que la comprenda.


En ese sentido es que dictó la Resolución N°99, por un lado, a partir de la cual se autoriza el diferimiento del vencimiento de las cuotas de octubre, noviembre y diciembre del corriente año, correspondiente a los créditos de la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa, que hayan sido otorgados a emprendimientos turísticos y gastronómico, salones de eventos, gimnasios, y canchas de fútbol cinco (5), incluyendo capital, intereses por mora, y todo otro gasto que la comprenda. De esta manera, el vencimiento de la cuota de octubre de 2020, operará en el mes de enero de 2021; la cuota de noviembre de 2020, en el mes de febrero de 2021; y la cuota de diciembre de 2020, en marzo de 2021.

El presente beneficio puede extenderse a aquellos créditos otorgados a emprendedores, cuya actividad se haya visto resentida y cuyo pronóstico de reactivación económica sea igualmente imprevisible, quedando a criterio del Directorio su aplicación, teniendo en cuenta parámetros objetivos de valoración.

Es importante resaltar que los montos y plazos de los créditos serán determinados por el Consejo de la Microempresa, de acuerdo a las características de los proyectos aprobados.

Desde el Consejo apelan a la responsabilidad y solidaridad, a los fines de invitar a aquellos titulares de créditos cuyo nivel de actividades no hayan cesado, se hayan mantenido o incrementado durante la cuarentena decretada, a que paguen las cuotas de abarcadas por la presente resolución en los vencimientos respectivos, ya que su aporte redundará en la posibilidad de asistir financieramente a aquellos emprendedores y actividades afectadas en su integridad, y conservar fuentes de trabajo en riesgo.


Finalmente, desde el directorio confirmaron que a través de la Resolución N°100, se autoriza como incentivo a la recaudación y cobro de las cuotas de créditos correspondientes a la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa, una bonificación equivalente a un treinta por ciento (30%) de los Intereses, correspondientes a las cuotas con vencimientos en el mes de octubre y hasta diciembre de 2020 inclusive.

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