De acuerdo a la circular publicada días atrás por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), el Programa CRÉDITO FISCAL PARA CAPACITACIÓN 2020 ofrece hasta el 100 % de reintegro en capacitaciones realizadas en pymes. Para acceder al beneficio, se debe presentar –hasta el 31 de octubre- un proyecto de capacitación para trabajadores que debe poder desarrollarse hasta el 31 de diciembre de 2020.
Los beneficiarios previstos por el programa son las MiPymes, cooperativas y grandes empresas, que, si resultan elegidas, podrán acceder a un certificado de crédito fiscal para cancelar IVA, ganancia mínima presunta, impuesto a las ganancias e impuestos internos.
La CAME informó que se considerarán como topes máximos por categoría hasta el 30% de la masa salarial bruta correspondiente a los doce meses anteriores tomados desde la fecha de presentación del proyecto. En el caso de las micro y pequeñas empresas, hasta $5 millones; Mediana tramo I, hasta $7 millones y Mediana tramo II, hasta $10 millones; y grandes empresas, hasta $20 millones.
Las modalidades del Programa involucran: 1) capacitación del personal propio de la empresa; 2) Capacitación de emprendedores de la cadena de valor, presentados por una o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean grandes empresas o MiPymes; 3) cesión de grandes empresas y/o mipymes a mipymes de su cadena valor; 4) capacitación asistida para la promoción de grupos asociativos mipymes: para proyectos presentados por dos o más MiPymes que tengan por objetivo la capacitación de su personal para la ejecución de proyectos asociativos entre sí; y 5) fortalecimiento de infraestructura para el desarrollo regional: cesión de una o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean grandes empresas o MiPymes, para la presentación y ejecución de proyectos destinados a incorporar equipamiento y/o adecuar instalaciones a las instituciones.
Las empresas beneficiarias en cualquiera de las modalidades obtendrán un porcentaje de reembolso de acuerdo al tamaño de la empresa y un reconocimiento adicional en algunos casos especificados en las Bases y Condiciones (equidad con perspectiva de género y áreas temáticas estratégicas, como así también capacitaciones referidas a la incorporación de protocolos para la prevención y control de la COVID-19 en MiPyMEs).
Los proyectos presentados en cualquiera de las modalidades, así como las compras de bienes correspondientes a los proyectos de la MODALIDAD 5, deberán desarrollarse, en su totalidad con posterioridad a la pre-aprobación del proyecto y antes del cumplimiento del plazo de (12) meses a partir de la misma.
Las actividades de capacitación que pueden proyectarse son: (en cuyos tres casos se reconocerán capacitaciones a distancia, sujetas a la aprobación)
- Abiertas: son aquellas realizadas por universidades públicas, privadas y demás instituciones acreditadas dentro Argentina, y que estén orientadas al público en general. Se reconocerán gastos de actividades desarrolladas a partir del día 1 de enero de 2020.
- Cerradas: son aquellas diseñadas específicamente para las empresas solicitantes o beneficiarias.
- Capacitación asistida/experto Pyme: son aquellas actividades desarrolladas dentro de las instalaciones de las empresas a cargo de un Experto Pyme mediante las cuales se transmiten conocimientos prácticos con la finalidad de solucionar un problema, realizar una mejora o una innovación para la MiPyme.
El procedimiento de solicitud al Programa se realiza en forma digital a través la plataforma del Ministerio "Trámites a distancia". El Departamento a cargo de este Programa de la CAME, asimismo, brinda asesoramiento técnico caso por caso, con la finalidad de facilitar la aplicación a este beneficio mediante consultas al correo electrónico. Para acceder a la Resolución del Programa Crédito Fiscal para Capacitación, se puede ingresar aquí.