El nuevo régimen sancionado en la Ley 6.146 posibilita realizar una financiación de hasta sesenta cuotas para las deudas vencidas al 31 de agosto de 2019 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicios para contribuyentes titulares. También, para los Agentes de Retención y Percepción de Ingresos Brutos en hasta 24 cuotas.
Entre otros beneficios, se contempla la reducción de intereses resarcitorios y punitorios en porcentajes que alcanzan el 80% para cancelaciones en un solo pago, o reducción de multas.
Dentro de este plan, se pueden incluir las deudas en proceso de fiscalización y determinación de oficio, en discusión administrativa o judicial en cualquiera de sus instancias, las originadas en planes de pagos vigentes o caducos, las multas y las deudas en trámite de ejecución fiscal.
La formalización del régimen especial puede realizarse, de forma presencial, en Casa Central, Lavalle N° 55 San Salvador de Jujuy, y en Delegaciones del Interior, o directamente a través de la página web del Organismo utilizando el servicio “Clave Fiscal Rentas”.
En cuanto a los medios de pago las mismas podrán efectuarse mediante Débito Automático en cuenta corriente o caja de ahorros bancaria, con cheques corrientes y con cheque diferido a la orden de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy. También se admiten pagos con tarjetas de débito y crédito.
La nueva normativa establece un apartado especial para el micro y pequeñas empresas, del régimen local y de Convenio Multilateral jurisdicción sede 910, con importantes beneficios, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en atención a la función que representan en el esquema productivo.
Para los contribuyentes que revisten la categoría de empleados públicos, también cuentan con una opción especial de regularización, con una reducción del 100% de los intereses resarcitorios, y hasta en 48 cuotas con débito automático.
En cuanto al segmento de contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones tributarias al 31/08/2019 y mantengan su situación fiscal regular durante 2019, se dispuso otorgar un beneficio para el año fiscal 2020 según el impuesto y régimen al cual corresponda, que consiste en una bonificación extraordinaria como un reconocimiento a las buenas prácticas ciudadanas.
Para mayor información, los interesados pueden consultar en el sitio web o personalmente en las oficinas de la Dirección Provincial de Rentas, Administración Central o Delegaciones del Interior, en horario habitual de atención.
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